Descripción


Con base al Artículo Número 8 del Decreto 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y del Artículo Número 13 del Acuerdo Gubernativo 540-2013 Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, el Ministerio de Finanzas Públicas, le corresponde consolidar los presupuestos institucionales y elaborar las cuentas agregadas del sector público.

La consolidación del presupuesto es el proceso mediante el cual se agregan todos los ingresos, fuentes financieras, egresos y aplicaciones financieras de los diferentes subsectores que integran el sector público no financiero para verlo como una sola unidad económica, eliminando las duplicaciones que se derivan de las operaciones reciprocas que ocurren entre instituciones de un mismo subsector, luego en cada sector y finalmente en el sector público no financiero, y así determinar la ejecución presupuestaria de la cuenta consolidada.

Para eliminar las duplicaciones es necesario identificar del lado del gasto y de las aplicaciones financieras, los movimientos que van a otras instituciones del mismo subsector y del lado de los recursos los ingresos y de fuentes financieras, los que provienen del mismo subsector.

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