Guatemala, 20 de marzo de 2024 -- Tipo de Cambio referencia Banguat: 7.79631 * Precio del Petróleo PL/EP US: USD $ 83.44

  • Certificación del acta donde conste la entrega y recepción de los bienes muebles.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la entidad que los entregó) este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia de la tarjeta de circulación
  • Certificación del acta donde conste la entrega y recepción de los vehículos.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la entidad que los entregó) este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Certificación del acta en la cual se detalle y conste el mal estado de los bienes.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Documento de Autorización firmado y sellado por la autoridad superior para la continuidad del trámite.
  • Certificación del acta en la cual se detalle y conste el mal estado de los bienes.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Documento de Autorización firmado y sellado por la autoridad superior para la continuidad del trámite.
  • Informe de un técnico en informática mediante el cual se justifique el mal estado de cada uno de los equipos.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia de los documentos que indique los últimos servicios mayores o menores realizados (si se trata de maquinaria).
  • Fotocopia de la factura de compra.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la tarjeta de circulación.
  • Fotocopia de los documentos que indique los últimos servicios mayores o menores realizados.
  • Fotocopia de la factura de compra.
  • Certificación de acta administrativa, mediante la cual conste la posesión de los bienes muebles, justificación de su origen, posesión en forma pacífica de buena fe, indicando el tiempo que se han tenido en posesión y el detalle de los mismos con todas sus características y valor estimado en quetzales de cada bien mueble, con el propósito de incorporarlos al inventario.
  • Certificación de acta administrativa, mediante la cual conste la posesión del o los vehículos, justificación de su origen, posesión en forma pacífica de buena fe, indicando el tiempo que se han tenido en posesión y el detalle de los mismos con todas sus características y valor estimado en quetzales de cada bien mueble, con el propósito de incorporarlos al inventario.
  • Fotocopia de la tarjeta de circulación, si existe título de propiedad deberá esta estar debidamente endosado.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la factura emitida por la compra.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario. en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la factura emitida por la compra.
  • Fotocopia autenticada del contrato.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible del título de propiedad debidamente endosado.
  • Fotocopia de la tarjeta de circulación.
  • Fotocopia de la factura emitida por la venta.
  • Certificación de acta mediante la cual se dejó constancia de la autorización para la compra, su descripción y valor en quetzales.
  • Fotocopia del CUR de ingreso y gasto de la donación debidamente aprobada.
  • Fotocopia del formulario 1H “Constancia de Ingreso a Almacén e Inventario”.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia de la tarjeta de circulación o factura.
  • Fotocopia legible del título de propiedad debidamente endosado.
  • Certificación de acta en la cual se dejó constancia de la recepción, la que debe detallar las características y el valor en quetzales.
  • Fotocopia de la -DUA- Declaración Única Aduanera, de la Carta de Porte si fue embarcado y del título de propiedad o de la factura y cualquier otro documento relacionado con la importación (este aplica únicamente en caso de importación).
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la tarjeta de circulación.
  • Fotocopia de la resolución de legalización de traslado emitida por la Dirección de Bienes del Estado.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la tarjeta de circulación o desplegado de información electrónica del vehículo con sello y firma, extendida por el Registro Fiscal de Vehículos de la SAT.
  • Fotocopia de la denuncia emitida por la autoridad competente (por extravío o robo de documentos o placas).
  • Certificación del acta en la cual se hizo constar lo sucedido.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la tarjeta de circulación
  • Fotocopia de la denuncia emitida por la autoridad competente (por robo).
  • Certificación del acta en la cual se hizo constar lo sucedido (robo o siniestro)
  • Fotocopia de la póliza de seguro.
  • Documento emitido por la aseguradora en la cual se declara la pérdida total.
  • Formulario de reclamo extendido por la aseguradora.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la tarjeta de circulación.
  • Fotocopia de la denuncia emitida por la autoridad competente (por robo).
  • Certificación del acta en la cual se hizo constar lo sucedido (robo o siniestro).
  • Fotocopia de la póliza de seguro.
  • Documento emitido por la aseguradora en la cual se declara la pérdida total.
  • Formulario de reclamo extendido por la aseguradora.
  • Certificación de acta mediante la cual se deja constancia del remate o venta la que debe indicar el o los valores de los vehículos.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN (para el caso de SENABED deberá de adjuntar certificación de registro de inventarios (cuentas de orden).Fotocopia del avalúo realizado por Valuador de bienes muebles, autorizado por la Dirección de Bienes del Estado.
  • Fotocopia de la tarjeta de circulación.
  • En el caso que aplique deberá de adjuntar fotocopia de la factura por la venta.
  • Certificación de acta donde conste la entrega y recepción de los bienes muebles.
  • Certificación de registro del libro de cuentas de orden, indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la -SENABED-).
  • Certificación de registro del libro de cuentas de orden, indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas (emitido por parte de la-SENABED-).
  • Fotocopia legible de tarjeta de circulación.
  • Fotocopia de la resolución de legalización de traslado emitida por la Dirección de Bienes del Estado.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Fotocopia legible de la tarjeta de circulación o desplegado de información electrónica del vehículo con sello y firma, extendida por el Registro Fiscal de Vehículos de la S.A.T
  • Certificación de resolución que declara la extinción de dominio
  • Desplegado de información del vehículo emitido por la SAT firmado y sellado por el emisor
  • Certificación del Registro de Inventario (de cuentas de orden) firmado y sellado.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas, este requisito es para las entidades que no tengan registrados los activos del módulo de inventario en SICOIN.
  • Adjuntar fotocopia del formulario 1H “Constancia de Ingreso a Almacén e Inventario”.
  • Fotocopia del CUR de ingreso y gasto de la donación.
  • Oficio de solicitud, dirigido al Contralor General de Cuentas, avalada por la máxima autoridad de la Institución (entregarlo en la 7ª. Av. 7-73 Zona 13)
  • Certificación del acta en la cual conste el mal estado y el detalle de los mismos.
  • Si los bienes corresponden a vehículos deberá adjuntar informe técnico sobre el estado del bien.
  • Certificación de registro de inventario indicando folio y libro autorizado por la Contraloría General de Cuentas. (Si los bienes de consistencia ferrosa no están inventariados, no aplica la certificación de inventarios). La Contraloría General de Cuentas, remitirá el expediente a la Dirección de Bienes del Estado, para coordinar con la institución interesada una fecha de recepción del material ferroso.

 

699409