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130. Emisión de Letras de Tesorería y gestión del Gasto del Estado

Comunicado No. 130
24 de julio de 2019

Emisión de Letras de Tesorería y gestión del Gasto del Estado

 

El Ministerio de Finanzas Públicas -Minfin- informa que las Letras de Tesorería son un mecanismo autorizado en la Ley Orgánica del Presupuesto y en la ley que autoriza el presupuesto para cada ejercicio fiscal, sin embargo, a la fecha el uso de dichas Letras de Tesorería no está considerado para ser utilizado como parte de la estrategia de caja para 2019.

Así mismo se aclara que las Letras de Tesorería son títulos valores de corto plazo y de carácter temporal, que por su naturaleza, objetivo y sustento legal, no constituyen una fuente de financiamiento para el presupuesto general y por tanto, no son sustitutos de impuestos y otros recursos autorizados en el Artículo 1 del Decreto Número 25-2018 del Congreso de la Republica de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2019.

Conforme al ordenamiento jurídico vigente relativo al caso, la Cartera del Tesoro es responsable de gestionar el proyecto de Reglamento para la Emisión, Negociación, Colocación, Amortización y Pago del Servicio de las Letras de Tesorería, los cuales presenta anualmente y de oficio, a la Comisión Técnica de Finanzas Púbicas constituida de conformidad al Artículo 5 de la Ley Orgánica del Presupuesto, con el objetivo cumplir con el debido proceso administrativo y como una previsión en caso de necesario, lo cual en ningún momento constituye la autorización para la emisión de las Letras de Tesorería.

Finalmente, el Ministerio de Finanzas Públicas expresa que mantiene vigente el Oficio Circular Número 01-2019, con fecha del 30 de abril, en donde se establecen los lineamientos y normas de eficiencia, transparencia, control y priorización del gasto público, a fin de mantener la debida coordinación con las unidades ejecutoras de programas y proyectos en un escenario de racionalidad del gasto y uso eficiente de los recursos públicos.

 

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