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56. Publicación de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

  

 

 

Comunicado No. 56
16 de junio, 2016

 

 Publicación de Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

 

Este día fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Gubernativo 122-2016 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, que desarrolla  la ley y las reformas contenidas en el Decreto 9-2015.

Desde el quince de enero, hasta el jueves nueve de junio del presente año, el Organismo Ejecutivo, a través del equipo técnico del Ministerio de Finanzas Públicas, trabajó en la elaboración de las reformas al Reglamento de la Ley de Contrataciones cumpliendo con el mandato establecido en dicha norma.

Cabe destacar que el proceso técnico de discusión y redacción del reglamento a la LCE, contó con el acompañamiento permanente, asesoría y aporte técnico especializado de la Contraloría General de Cuentas de la Nación.

Los avances en la redacción del reglamento fueron publicados en el portal de GUATECOMPRAS con el fin de recibir las  observaciones y comentarios de las entidades ejecutoras y otros actores que quisieran contribuir.

Dicho proceso permitió la elaboración de un reglamento que tomara en cuenta las experiencias de las diferentes entidades y actores de la sociedad civil y con ello lograr una reglamentación que permita a las unidades ejecutoras procesos prácticos y eficientes, al tiempo de reglamentar mecanismos que garantizan la transparencia y competitividad en las adquisiciones públicas.

Este proceso constituye un paso más en el camino hacia la transparencia y estandarización de los procesos de contrataciones del Estado y,   además, define los mecanismos que viabilizan la implementación de nuevas modalidades de adquisición, como es el caso de la Subasta Electrónica Inversa, pues se han tomado en cuenta las experiencias internacionales y las prácticas más propicias para asegurar su pleno impacto. 

El nuevo Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se emite en el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley y es el resultado de un cuidadoso análisis de todos los comentarios recibidos, así como del funcionamiento real del sistema de adquisiciones públicas de nuestro país.    

 

 

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