Comité de Programación de la Ejecución Presupuestaria
Integrado de la manera siguiente: el Viceministro de Administración Financiera, quien lo preside; el Viceministro de Transparencia Fiscal y Evaluación, el Director Técnico del Presupuesto; el Director de Contabilidad del Estado; el Tesorero Nacional; el Director de Crédito Público, el Director de Análisis y Evaluación Fiscal, y un Secretario Técnico. En caso de ausencia del Viceministro de Administración Financiera, presidirá el Comité el Viceministro de Transparencia Fiscal y Evaluación. El Secretario Técnico tendrá voz, pero no voto en las decisiones del Comité. En caso de ausencia de un Director, éste será representado por el Subdirector respectivo.
Las decisiones del Comité deberán constar por escrito, en un Acta en la cual se registre lo actuado, y deberá ser firmada por todos los asistentes.
Atribuciones
- Definir las políticas de asignación de recursos financieros a las entidades del sector público, que garanticen un proceso eficiente y eficaz en su distribución, de acuerdo al presupuesto vigente y con base en las proyecciones de ingresos;
- Evaluar soluciones alternas cuando los ingresos sean deficitarios, como colocaciones de bonos y letras del tesoro, para cumplir con las metas programadas y las necesidades de financiamiento;
- Evaluar la marcha de la ejecución presupuestaria como punto de partida para la asignación de recursos a las entidades públicas en el proceso de ejecución del presupuesto;
- Aprobar las cuotas de compromisos, devengados y pagos, compatibilizando las necesidades de financiamiento de los organismos ejecutores con el ritmo de ejecución del presupuesto de ingresos, con énfasis en los programas prioritarios de Gobierno;
- Supervisar la proyección mensual, trimestral, cuatrimestral y anual de la ejecución presupuestaria y financiera, efectuando un monitoreo permanente y proponiendo al Despacho Ministerial las medidas financieras que sean necesarias; y,
- Las demás que sean necesarias y congruentes con su funcionamiento.













