Dirección de Bienes del Estado

Luis Felipe Godínez
Director
1. Atribuciones de la Dirección
La Dirección de Bienes del Estado es la dependencia del Ministerio de Finanzas Públicas, responsable de mantener un registro consolidado, moderno, seguro y eficiente del patrimonio del Estado.
Son atribuciones generales de la dirección las siguientes:
- Disponer de un registro moderno, seguro y eficiente del patrimonio del Estado;
- Desarrollar el marco teórico conceptual y definir la tecnología a utilizar, así como los instrumentos de investigación para el desarrollo del registro, control y administración del patrimonio del Estado;
- Proponer la legislación específica, para establecer el régimen legal relativo a la administración, acceso, uso y protección del patrimonio del Estado;
- Consolidar y actualizar el registro de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio del Estado, incluidas las entidades descentralizadas y autónomas;
- Dictar normas para la captación de recursos provenientes de la administración de bienes inmuebles que se encuentren en situación irregular, se recuperen y se adscriban al Ministerio de Finanzas Públicas.
- Proporcionar apoyo logístico a los proyectos institucionales que tengan como finalidad la modernización del sistema de registro del patrimonio del Estado;
- Requerir información sobre los bienes inmuebles urbanos y rústicos que tengan en propiedad, adscripción, usufructo o uso todas las dependencias del Estado, incluidas las entidades descentralizadas y autónomas.
- Hacer el estudio de los bienes inmuebles propiedad del Estado, que están en poder de dependencias del Estado, entidades descentralizadas y autónomas, sin haber cumplido los requisitos de ley;
- Investigar los bienes del Estado en posesión de particulares, ya sea en uso, usufructo o arrendamiento, para establecer que se haya cumplido con la ley, y en los casos que corresponda, promover las acciones legales para su recuperación.
- Analizar, opinar y gestionar sobre la procedencia de solicitudes de usufructos, adscripciones, permutas, arrendamientos y servidumbres de bienes inmuebles que constituyen el patrimonio del Estado, incluyendo las entidades descentralizadas y autónomas, así como las donaciones a favor del Estado.
- Analizar, opinar y gestionar las solicitudes de adjudicación de fracciones de terreno de fincas, propiedad del Estado, de personas de escasos recursos económicos de conformidad con la ley de la materia;
- Coordinar las acciones judiciales con las entidades respectivas, para promover los procesos de herencias vacantes y sumarios de desocupación;
- Coordinar con las instituciones correspondientes, o gestionar según corresponda, de conformidad con la legislación vigente, la realización de las solicitudes de titulaciones supletorias que afectan los intereses patrimoniales del Estado.
- Administrar, a través de la Comisión correspondiente la subasta, venta o permuta de piezas metálicas, materiales y desechos de hierro, acero, bronce, aluminio y otros materiales propiedad del Estado, de conformidad con el Decreto Número 103-97 del Congreso de la República y su Reglamento;
- Requerir información sobre los bienes muebles e inmuebles, incluyendo los de carácter cultural, histórico y natural, que forman parte del inventario de las instituciones del Estado, incluidas las entidades descentralizadas y autónomas;
- Legalizar las transferencias de bienes muebles entre instituciones del sector público, incluyendo embajadas y consulados de Guatemala;
- Administrar los bienes muebles en tránsito del Estado;
- Autorizar las bajas de bienes muebles en mal estado, que son patrimonio del Estado, en coordinación con la Contraloría General de Cuentas; y,
- Desarrollar otras funciones que le asignen la Ley y el Despacho Ministerial.
2. Funciones.
A. Del Director:
Implica un trabajo profesional que consiste en planificar, organizar, dirigir, coordinar y supervisar labores técnicas, administrativas y jurídicas, como actividades de estudio, investigación y ejecución de programas y proyectos tendentes a consolidar, registrar, controlar y administrar el patrimonio del Estado.
Son funciones generales del Director las siguientes:
- Planificar y evaluar las actividades de la Dirección.
- Formular, proponer y ejecutar las políticas, estrategias y sus correspondientes planes, programas, proyectos de registro, control protección, recuperación, administración y gestión del patrimonio del Estado.
- Coordinar la creación y funcionamiento del registro moderno, seguro y eficaz del patrimonio del Estado.
- Planificar, dirigir, controlar supervisar y coordinar con las autoridades del sector público, entidades descentralizadas y autónomas el levantamiento del inventario de bienes inmuebles, muebles, objetos culturales y otros bienes propiedad del Estado.
- Establecer procesos administrativos para identificar sucesiones o herencias vacantes así como para detectar invasiones, apropiaciones de los bienes inmuebles propiedad del Estado.
- Requerir el apoyo de instituciones homólogas para realizar las actividades de campo y registral, con el objeto de obtener información del patrimonio del Estado.
- Atender y gestionar las solicitudes de usufructos, adscripciones, permutas, donaciones a favor del Estado; arrendamientos, adjudicaciones y servidumbres de los bienes inmuebles del Estado.
- Coordinar con la Dirección de Contabilidad del Estado, la elaboración de un balance preliminar que constituya una fuente realista y confiable de sus activos, sobre el patrimonio que esté bajo la administración del Estado.
- Proponer la legislación específica para asegurar que la gestión de los servidores públicos respeten la integridad del patrimonio del Estado.
- Proponer normas y dictar procedimientos para gestionar la adjudicación de bienes inmuebles, propiedad del Estado a personas de escasos recursos económicos.
- Establecer los mecanismos necesarios para la difusión de la información del registro del patrimonio del Estado.
- Coordinar el proceso de descentralización del patrimonio del Estado.
- Establecer mecanismos de coordinación con los registros de la propiedad para la gestión del dominio de los bienes inmuebles del Estado y su respectiva inscripción registral.
- Coordinar con las instituciones afines, lo relativo a procesos relacionados con titulaciones supletorias.
- Coordinar acciones con las autoridades del sector público, entidades descentralizadas y autónomas, con el fin de desarrollar los procesos de registro y legalización de los bienes inmuebles, muebles, objetos culturales y otros patrimonios artísticos del Estado, que estén bajo su administración.
- Promover acciones necesarias para el resguardo, protección y mantenimiento del patrimonio del Estado.
- Identificar y gestionar, conjuntamente con las autoridades superiores del Ministerio, los requerimientos de cooperación nacional e internacional, para el desarrollo institucional que apoye el proceso de registro, control, administración y gestión del patrimonio del Estado.
- Presentar informe anual sobre la evolución del patrimonio del Estado.
- Proponer ante las autoridades correspondientes, los nombramientos, ascensos y licencias del personal de la Dirección.
- Aprobar y presentar el Plan Operativo Anual y el Anteproyecto de Presupuesto de la Dirección, así como los informes requeridos.
- Realizar otras actividades que le delegue su inmediato superior, que sean de su competencia.
- Proponer la legislación específica para establecer el régimen legal relativo a la administración, acceso, uso y protección del patrimonio del Estado.
- Planificar, coordinar y supervisar que se cumpla lo estipulado en el Acuerdo Gubernativo 905- 2002, relativo a los bienes inmuebles que se encuentran en situación irregular, para que se recuperen y se adscriban al Ministerio de Finanzas Públicas.
B. Del Subdirector:
Implica un trabajo profesional que consiste en coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de la política y estrategia de registro, control, protección, recuperación y gestión del patrimonio público, así como los planes, programas y proyectos correspondientes.
Son funciones generales del Subdirector las siguientes:
- Evaluar la gestión de los departamentos que conforman la estructura organizacional de la Dirección, y propone los mecanismos correctivos necesarios.
- Coordinar, supervisar y evaluar la gestión de la investigación registral y de campo, así como los procesos de legalización de bienes muebles e inmuebles.
- Supervisar las investigaciones para detectar invasiones y apropiaciones de bienes inmuebles propiedad del Estado.
- Coordinar y supervisar las actividades de investigación de campo y registral de sucesiones o herencias vacantes, adjudicaciones, adscripciones y recuperaciones.
- Coordinar y evaluar los procesos administrativos interinstitucionales a cargo de la Comisión responsable de la venta o permuta de piezas metálicas, materiales y desechos de hierro, acero, bronce, aluminio y otros metales propiedad del Estado.
- Coordinar la realización de Auditorías periódicas a las unidades administrativas, a efecto de agilizar el trámite de los expedientes que se gestionan en las mismas.
- Coordinar, supervisar y evaluar las gestiones para lograr la recuperación de los bienes inmuebles en situación irregular, y su adscripción al Ministerio de Finanzas Públicas para su posterior arrendamiento de conformidad con la legislación aplicable.
- Planificar, dirigir y supervisar los procedimientos para realizar las subastas públicas de los bienes muebles no fungibles propiedad del Estado.
- Elaborar y presentar informes mensuales de avances en los programas de trabajo de la Dirección, incluidos los relacionados con la modernización y desarrollo institucional de la misma.
- Evaluar e implementar los controles internos adecuados en los procesos administrativos y técnicos de los departamentos de la Dirección. Coordinar la elaboración del informe y memoria parcial y anual de labores de la Dirección y su presentación oportuna.
- Representar a la Dirección en los distintos eventos relacionados con su competencia.
- Realizar otras actividades que le delegue su inmediato superior, que sean de su competencia.
C. De los Departamentos:
Departamento de Estudios y Proyectos.
Su objeto radica en determinar la vocación y destino de los inmuebles del Estado para el mejor uso y mayor aprovechamiento de los mismos, a través de estudios técnicos y de factibilidad, emitiendo opiniones y dictámenes relacionados con el Patrimonio del Estado. Asimismo, desarrollar la normatividad de la Dependencia elaborando los manuales administrativos correspondientes, revisión y actualización de formularios administrativos, promover el desarrollo profesional del personal de la Dependencia por medio de la Gestión de Capacitación Profesional, contribuir a la elaboración de Documentos de planificación e informes de seguimiento, regularizar la posesión de bienes estatales en poder de terceros, así como aprovechar el potencial económico de los inmuebles estatales que estén siendo utilizados o fracciones de estos, para captar recursos financieros que ingresen al fondo común del erario nacional, control y seguimiento de pagos en concepto de arrendamientos, consolidación del POA, PROGRAMACIÓN ANUAL Y TRIMESTRAL DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS y otros informes y documentos administrativos.
Departamento de Investigación del Patrimonio.
Su objeto es el saneamiento técnico registral de los Bienes Inmuebles que conforman el Patrimonio inmobiliario del Estado, realizando investigaciones de gabinete, registrales y de campo de los bienes propiedad del Estado, Gobierno o La Nación en toda la República de Guatemala, determinando la situación registral de las fincas ya sean éstas urbanas o rústicas, y sus características topográficas, su situación general y el uso que se le da a las mismas.
Departamento de Gestión y Legalización.
Dictaminar sobre las solicitudes de adscripción, donación, usufructo y otras, asimismo, establecer su actuar dentro del marco legal administrativo y del derecho común para dar respuesta a las gestiones realizadas por entidades centralizadas, descentralizadas, autónomas y de particulares, que persigan realizar proyectos que apoyen las políticas de orden social del Estado.
Departamento de Registro del Patrimonio del Estado.
Su objeto radica en la Digitalización de Fincas propiedad del Estado, en el Sistema Integrado Administrativo (SIAD), así como la actualización de las mismas, además cuenta con un archivo físico que contiene la información legal que avala la propiedad del Estado y los tomos de Acuerdos Gubernativos y Decretos que son publicados en el Diario de Centroamérica.
Departamento de Adjudicación y Legalización de Bienes Muebles.
Administrar un registro eficaz de los bienes muebles, emitiendo resoluciones de Legalización de traslados y bajas de bienes muebles no fungibles. Practicar avalúos a bienes muebles estatales, coordinar los procedimientos para llevar a cabo las subastas públicas de los bienes muebles. Realizar la recepción de material ferroso, administrar bienes en tránsito y asesorar a encargados de inventarios de instituciones del Sector Público.
3. Marco Legal
Constitución Política de la República de Guatemala. Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República. Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la República y su Reglamento. Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, Acuerdo Gubernativo Número 394-2008. Decreto Número 103-97 del Congreso de la República. Acuerdo Gubernativo Número 779-98. Acuerdo Gubernativo Número 217-94, "Reglamento de Inventarios de los Bienes Muebles de la Administración Pública". Acuerdo Gubernativo Número 905-2002, "Reglamento para Regularizar y Otorgar en Arrendamiento Bienes Inmuebles Propiedad del Estado". Acuerdo Ministerial Número 29-2002.














