Dirección de Fideicomisos

Ana Luisa Flores
Directora
1. Funciones
A. De la Dirección:
La Dirección de Fideicomisos es la dependencia del Ministerio de Finanzas Públicas, designada como órgano rector en materia de fideicomisos, por lo que le corresponde gestionar la constitución, operación, extinción y liquidación de los fideicomisos establecidos con recursos del Estado; así como fondos y otros instrumentos financieros para la ejecución de los programa del Gobierno Central, regulando, registrando y controlando su operación.
B. De las Subdirecciones:
Subdirección de Operaciones:
- Coordinar con otras direcciones del Ministerio de Finanzas Públicas, la formulación de propuestas de política, normas y procedimientos aplicables en la constitución y extinción de fideicomisos establecidos con recursos del Estado que se implementen para la ejecución de programas y proyectos;
- Reglamentar y controlar el registro de la información contractual y financiera proporcionada por las unidades ejecutoras y/o fiduciarios de los Fideicomisos;
- Elaborar y gestionar, cuando corresponda, los proyectos de contratos, mandatos especiales con representación, acuerdos gubernativos y ministeriales, entre otros, para la constitución, operación, extinción y liquidación de los Fideicomisos en las instituciones financieras y bancarias del sistema nacional;
- Solicitar a los fiduciarios y unidades ejecutoras cualquier información relacionada con la ejecución física y financiera de los Fideicomisos;
- Elaborar informes semestrales y anuales sobre los Fideicomisos, y cuando proceda proponer las recomendaciones pertinentes;
- Mantener un registro actualizado de la documentación legal, administrativa y financiera de los fideicomisos, con base en la información proporcionada por las unidades ejecutoras y/o fiduciarios de los mismos;
- Participar, en coordinación con las direcciones y unidades del Ministerio de Finanzas Públicas, en la emisión de opiniones y/o dictámenes de los Fideicomisos; y,
- Desarrollar otras funciones que le asigne la Ley y el Despacho Ministerial en materia de Fideicomisos.
- Subdirección de Análisis y Seguimiento:
- Coordinar con otras direcciones del Ministerio de Finanzas Públicas, la formulación de propuestas de política, normas y procedimientos aplicables en la operación y liquidación de fideicomisos establecidos con recursos del Estado que se implementen para la ejecución de programas y proyectos;
- Reglamentar y controlar el registro de la información física y financiera proporcionada por las unidades ejecutoras y/o fiduciarios de los Fideicomisos;
- Solicitar auditorías específicas de los Fideicomisos a la Contraloría General de Cuentas, así como los informes respectivos;
- Solicitar a los fiduciarios y unidades ejecutoras cualquier información relacionada con la ejecución física y financiera de los Fideicomisos;
- Elaborar informes semestrales y anuales sobre los Fideicomisos, y cuando proceda proponer las recomendaciones pertinentes;
- Diseñar e instalar un Sistema de Seguimiento relacionado con la ejecución de los Fideicomisos, que permita proporcionar criterios objetivos para la toma de decisiones sobre la continuidad y/o expansión de operaciones, extinción o liquidación de los mismos;
- Mantener un registro actualizado de la documentación de avance físico y financiero de los fideicomisos, con base en la información proporcionada por las unidades ejecutoras y/o fiduciarios de los mismos;
- Participar, en coordinación con las direcciones y unidades del Ministerio de Finanzas Públicas, en la emisión de opiniones y/o dictámenes de los Fideicomisos; y,
- Desarrollar otras funciones que le asigne la Ley y el Despacho Ministerial en materia de Fideicomisos.
2. Marco Legal
Constitución Política de la República de Guatemala; Ley del Organismo Ejecutivo; Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas; Manual para la Administración de Fondos Públicos en Fideicomiso; Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado; Código de Comercio; Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento; y, Otras leyes relacionadas con la función rectora del Ministerio de Finanzas Públicas y relacionadas con fideicomisos.














